Transparencia y contenido generado: artículo 50
El art. 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 exige transparencia: informar cuando alguien interactúa con un sistema de IA (por ejemplo un chatbot) y cuando un contenido está generado o manipulado por IA. También debes poder documentar esos usos. El plan anual de LeydeIA genera política, textos de transparencia y registro a partir de tu inventario.
En una pyme esto suele traducirse en: inventario de herramientas, reglas de uso, avisos al cliente o al usuario y un responsable que sepa qué se está generando.
El diagnóstico gratuito no redacta todavía esos textos: te dice si la transparencia te aplica y qué medidas preparar. Tras el pago se abre el expediente editable.
Si solo usas ChatGPT para redactar internamente, el art. 50 puede aplicar con menor intensidad que un chatbot público, pero el art. 4 de alfabetización sí suele aplicar. El análisis lo concreta con tus respuestas.
LeydeIA no es un bufete de abogados ni emite certificaciones administrativas. Esta información es orientativa y no sustituye un dictamen jurídico. La documentación generada es evidencia interna de cumplimiento basada en plantillas revisadas por profesionales legales.